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viernes, 10 de noviembre de 2023

LA FUSION ENTRE LEGAL TECH Y DERECHO CANÓNICO: IMPLICACIONES Y DESAFÍOS.

 

LA FUSION ENTRE LEGAL TECH Y DERECHO CANÓNICO: IMPLICACIONES Y DESAFÍOS.

 

                                                                             

 

PBRO. PAOLO ROSSANO APONTE*

 

 

La tecnología está desarrollando una profunda y beneficiosa transformación en el mundo jurídico. Legal Tech está impulsando una nueva fase en el trabajo legal y en el acceso a la justicia, lo que conduce a la reducción de costos y la extensión de los servicios jurídicos a un segmento más amplio de la población. Los profesionales del derecho están utilizando Legal Tech para mejorar su eficiencia en actividades como la revisión de documentos, la gestión de casos y la investigación legal. Además, Legal Tech está planteando nuevas oportunidades y desafíos para el campo de las ciencias jurídicas, que requieren las novedosas formas de ofrecer y recibir servicios legales en el futuro. Estamos presenciando una revolución tecnológica que está alterando el escenario jurídico y que ofrece grandes beneficios tanto para los profesionales como para los usuarios del derecho.[1]

El Derecho Canónico como ciencia no es inmune a estos cambios. Como no podía ser de otra manera, los acontecimientos históricos del siglo XX y los profundos cambios acaecidos en la sociedad han condicionado de modo notable la evolución del derecho. En este contexto, el Derecho Canónico ha experimentado una profunda renovación en sus fuentes, en su metodología y en su contenido.[2] El Concilio Vaticano II ha sido el principal impulsor de esta transformación, que ha supuesto una mayor apertura al diálogo con las ciencias humanas y sociales, una mayor atención a la realidad plural y diversa de la Iglesia y una mayor participación de los fieles en la vida eclesial. El Derecho Canónico, como expresión jurídica de la comunión eclesial, busca promover el bien común de la Iglesia y el respeto a los derechos y deberes de todos sus miembros. Algunos ejemplos de esta renovación son: la reforma del Código de Derecho Canónico de 1983, que incorpora los principios conciliares y adapta la legislación a las necesidades actuales; la promulgación del Código de Cánones de las Iglesias Orientales en 1990, que reconoce la riqueza y la autonomía de las Iglesias orientales católicas; la elaboración de diversos documentos pontificios y conciliares que regulan aspectos específicos de la vida de la Iglesia, como la liturgia, la doctrina, el ecumenismo, el diálogo interreligioso, la evangelización. Estos cambios significativos en la vida eclesial han generado nuevas interpretaciones en las relaciones jurídicas de la Iglesia en lo que se conoce como la dimensión personalista del derecho, reflejada en los derechos y deberes del fiel reconocidos por el Código con la función de servicio que la potestas regiminis ha de prestar a la Iglesia.[3]

 

¿Qué se entiende por Legal Tech?

 

Legal Tech se refiere al conjunto de tecnologías y soluciones que se utilizan en el ámbito legal para optimizar y automatizar tareas y procesos jurídicos. Estas soluciones van desde software de gestión de casos y documentación hasta inteligencia artificial y análisis de datos. El objetivo principal del Legal Tech es mejorar la eficiencia y la precisión en la prestación de servicios legales, brindando a abogados y profesionales del derecho herramientas que les permiten trabajar de manera más rápida y efectiva. La Legal Tech es una herramienta que permite optimizar los procesos y servicios jurídicos, pero no puede reemplazar el conocimiento y la experiencia de los profesionales del derecho. Su función es liberar a los abogados de las tareas repetitivas y rutinarias, para que puedan dedicarse a las actividades que requieren un mayor nivel de razonamiento, innovación y planificación. Así, El Legal Tech contribuye a mejorar la calidad y la eficiencia de la práctica jurídica, respetando el papel fundamental de los juristas que asesoran a las personas físicas y jurídicas.[4]

En los últimos años, diversos avances tecnológicos han impulsado la llamada transformación digital, siendo la inteligencia artificial (IA) uno de los elementos más destacados y antiguos. La IA ha alimentado nuestra imaginación colectiva y aunque no es un concepto reciente, el 2023 ha marcado el mayor progreso en este ámbito en toda la historia de la humanidad.[5] La IA abre la puerta a un futuro que puede parecer utópico, donde nuestra sociedad podría ser revolucionada por entidades superinteligentes que nos liberen de tareas monótonas, gestionen el tráfico, reduzcan la contaminación y hasta eliminar enfermedades. Sin embargo, esta misma tecnología podría amenazar nuestra libertad, privacidad y dignidad si no se definen límites y garantías adecuadas. Los avances en tecnología suelen superar el ritmo de las leyes, lo que dificulta regular cada nueva manifestación tecnológica. Sin embargo, no podemos prescindir completamente de la regulación, especialmente en un ámbito tan delicado como la IA. El afirmar que el derecho no puede de ninguna manera abordar la tecnología es tan falso como creer que las normas frenan el progreso.[6]

 

Beneficios del Legal Tech al Derecho Canónico.

 

El Derecho Canónico es el conjunto de normas y regulaciones que rigen la organización y la vida de la Iglesia Católica. Al igual que en otros campos legales, el Legal Tech puede desempeñar un papel crucial en el ámbito del Derecho Canónico, aportando una serie de beneficios y mejoras significativas. Por ejemplo, puede facilitar el acceso a la información canónica, la gestión de los procesos eclesiásticos, la comunicación entre las autoridades eclesiásticas y los fieles, y la formación de los profesionales del Derecho Canónico. Además, puede contribuir a la modernización y la innovación del Derecho Canónico, adaptándolo a las nuevas realidades sociales y tecnológicas. El Legal Tech no pretende sustituir al Derecho Canónico, sino complementarlo y potenciarlo, respetando siempre su identidad y su finalidad. De hecho, en los últimos años se ha venido aplicando con los recursos informáticos que por ahora se tienen, en cierta manera limitados pero disponibles sobre todo en el área de la Formación académica, por ejemplo: es el proyecto iuscanonicum.org, una plataforma digital que ofrece recursos jurídicos canónicos de calidad, actualizados y accesibles.[7]

En los últimos años han experimentado un crecimiento significativo las plataformas de educación en línea, ellas son herramientas que facilitan el acceso a la información y el aprendizaje a distancia. Especialmente durante el periodo de pandemia del COVID-19, cuando muchas personas tuvieron que adaptarse a una nueva modalidad de estudio y trabajo. Las ventajas de la educación en línea incluyeron la flexibilidad, la personalización, la interactividad y la diversidad de contenidos como de recursos disponibles.[8] Lo que en algún momento era imposible de pensar, hoy en día la formación del Derecho Canónico es posible y está al alcance de muchos laicos y clérigos que pueden acceder a estudios superiores de Maestría en la modalidad online o semipresenciales.[9] El ámbito de las aplicaciones móviles para el derecho canónico es muy reducido y poco desarrollado. Al realizar una búsqueda rápida en la tienda de aplicaciones de Android llamada Play Store, se puede observar que solo existe en español una aplicación que ofrece acceso al Código de Derecho Canónico, pero que tiene un costo y no es gratuita.[10] Cabe acotar, que existen innumerables aplicaciones de orden religiosos pero que nada tienen que ver con el campo jurídico-canónico. Esto demuestra la necesidad de crear más recursos digitales que faciliten el estudio y la consulta del derecho canónico desde los distintos dispositivos móviles. Al incrementar el uso tecnológico en el derecho canónico tendremos mayores beneficios de los cuales serían:

 

1.     Automatización de procesos.

 

Hoy en día, en el campo jurídico existe la tendencia en aplicar la tecnología, con el fin de mejorar la eficiencia, la calidad y el acceso a la justicia. esta tendencia también abarca desde el uso de software especializado para la gestión de expedientes, la generación de documentos y la elaboración de informes, hasta el empleo de inteligencia artificial, blockchain o big data para resolver problemas jurídicos complejos. En el ámbito del Derecho Canónico, el Legal Tech puede ofrecer varias ventajas, como la automatización de procesos, la simplificación de trámites y la optimización de recursos. Por ejemplo, se podría facilitar la tramitación de causas matrimoniales, como la solicitud nulidad matrimonial, reduciendo los tiempos y los costes del proceso, para esto debiera considerarse la utilización de Chatbots.[11] También se podría mejorar la comunicación entre tribunales eclesiásticos, como el Tribunal de la Rota Romana o los tribunales Diocesanos y Metropolitanos, mediante plataformas digitales que permitan el intercambio de información y documentos.[12] Asimismo, se podría difundir la normativa canónica, como el Código de Derecho Canónico o las instrucciones del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, mediante recursos online que faciliten su consulta y actualización.[13]

Sin embargo, también plantea algunos desafíos y limitaciones para el Derecho Canónico, como la necesidad de adaptarse a los cambios tecnológicos, la protección de los datos personales y el respeto a los principios éticos y pastorales que inspiran el ordenamiento canónico. Por ello, el Legal Tech debe ser utilizado con criterio y responsabilidad, teniendo en cuenta las particularidades del Derecho Canónico y su finalidad última: la salvación de las almas.[14]

 

2.     Acceso Rápido a Información Relevante.

 

Otro aspecto importante del Legal Tech es la capacidad de acceder rápidamente a información relevante. Los sistemas de gestión de casos y bases de datos especializados permiten a los profesionales del Derecho Canónico buscar y encontrar fácilmente jurisprudencia, documentos y referencias legales necesarias para su trabajo. El Derecho Canónico tiene una larga tradición histórica y una gran complejidad jurídica, por lo que requiere de profesionales especializados que conozcan sus fuentes, su interpretación y su aplicación.[15] Los Tribunales eclesiásticos bien pueden adecuarse con sistema de bases de datos especializados, ya que pueden ayudar a buscar y encontrar jurisprudencia interna, documentos y referencias legales necesarias para su trabajo, así como a gestionar mejor sus casos, las partes en causa y sus recursos. Por ejemplo, un sistema de gestión de casos puede permitir a los operadores de Tribunales llevar un seguimiento de las causas matrimoniales, las dispensas, las apelaciones y las sentencias que se tramita en los tribunales eclesiásticos.[16]

 

3.     Mejora la comunicación y la información.

 

El Legal Tech también contribuye a mejorar la comunicación y la colaboración mediante el uso de plataformas de colaboración en línea, los obispos, miembros de la curia episcopal, abogados y consejeros en derecho pueden trabajar de forma coordinada en casos y proyectos relacionados con el derecho de la Iglesia, sin importar dónde se encuentren. Esto permite compartir información y conocimientos de forma rápida y segura, fomentando un trabajo en equipo más productivo y eficaz. Así, el Legal Tech se convierte en un aliado para el desarrollo del Derecho Canónico y el servicio a la comunidad eclesial. Con la llegada de la pandemia en marzo del 2020, el uso de aplicaciones de videoconferencia se disparó debido a la necesidad de trabajar y comunicarse de manera remota. Entre las aplicaciones de videoconferencia más populares se encuentran Zoom, Microsoft Teams y Google Meet, que ofrecen soluciones seguras y de alta calidad para mantener a las personas conectadas. Estas aplicaciones también fueron utilizadas por las conferencias episcopales para sostener sus reuniones anuales y con las comisiones de trabajo, así como por los obispos al interno de sus diócesis con las reuniones de clero. Las aplicaciones de videoconferencia demostraron ser herramientas cruciales para facilitar la colaboración y la productividad en tiempos de crisis sanitaria.[17]

La digitalización de los procesos eclesiásticos es una tendencia que se ha consolidado desde hace varios años en las parroquias de todo el mundo. El uso de software o plataformas informáticas especializadas en la gestión documental de trámites eclesiásticos ofrece múltiples beneficios para la administración parroquial y para los fieles que solicitan sus servicios. Por ejemplo, una plataforma informática puede facilitar la solicitud y expedición de certificados de bautismo, matrimonio o defunción, evitando demoras innecesarias y garantizando la veracidad y seguridad de los datos. Entre otros beneficios se encuentran la reducción de errores humanos, la optimización de los recursos materiales y humanos, la mejora de la comunicación interna y externa, y la preservación de la información histórica y patrimonial de la parroquia. Estas ventajas se traducen en una mayor eficiencia, transparencia y calidad en la prestación de los servicios eclesiásticos, así como en una mayor satisfacción de los usuarios y de los propios agentes pastorales.[18]

Las diócesis que poseen archivos eclesiásticos con libros y documentación centenaria han realizado un gran esfuerzo por digitalizar la mayoría de estos documentos y ponerlos al alcance de los investigadores o de las personas que necesitan alguna información relevante. Estos documentos son fundamentales para el conocimiento de datos familiares, históricos, culturales y religiosos, ya que recogen en libros los datos de los feligreses, especialmente los datos sobre nacimiento, matrimonio y defunción. Además, en los archivos diocesanos se pueden encontrar otros tipos de documentos, como mapas, planos, fotografías, ilustraciones, carteles, etc.[19] La digitalización de los archivos eclesiásticos es una labor muy importante que facilita la investigación y la difusión del patrimonio documental de la Iglesia. Sin embargo, también implica algunos retos y dificultades, como la preservación de los originales, el respeto a la normativa de protección de datos personales, la calidad y fiabilidad de las imágenes digitales y la formación y asesoramiento a los usuarios.

 

4.     Análisis de datos e Inteligencia Artificial aplicada al Derecho Canónico.

 

La tecnología de análisis de datos e inteligencia artificial puede ser de gran utilidad en el Derecho Canónico. Estas herramientas permiten analizar grandes cantidades de información, identificar patrones y tendencias, y extraer conclusiones relevantes para la toma de decisiones legales. Además, la inteligencia artificial puede utilizarse para generar pronósticos y predicciones en base a datos históricos, brindando a los profesionales del Derecho Canónico una ventaja adicional en su trabajo.

El análisis de datos e inteligencia artificial pueden aplicarse al Derecho Canónico para facilitar la investigación, la docencia, la gestión y la resolución de casos. Por ejemplo, se pueden utilizar algoritmos para clasificar y organizar la información jurídica canónica, para detectar inconsistencias o contradicciones entre las normas, para evaluar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los fieles, para simular escenarios posibles o para sugerir soluciones óptimas. Estas aplicaciones pueden mejorar la calidad y eficiencia del servicio que presta la Iglesia católica a sus miembros y a la sociedad en general.[20] Algunos ejemplos concretos de estas aplicaciones son:

- Un sistema de búsqueda inteligente que permite acceder a las fuentes normativas canónicas y a la jurisprudencia relacionada con una consulta específica.

- Un sistema de análisis de sentencias que identifica los criterios utilizados por los tribunales eclesiásticos para resolver casos similares y que ofrece recomendaciones para mejorar la argumentación jurídica.

- Un sistema de predicción de resultados que utiliza datos históricos y variables relevantes para estimar la probabilidad de éxito o fracaso de una acción legal canónica.

- Un sistema de generación automática de documentos que facilita la redacción de actos administrativos, contratos o demandas conforme a las normas canónicas vigentes.

Quizás existan otros procesos que se puedan aplicar al Derecho Canónico utilizando los algoritmos y las funciones que nos ofrece la Inteligencia Artificial. Sin embargo, por el momento, estas podrían ser las aplicaciones más coherentes de la IA a la ciencia canónica, las cuales se basan en la analogía de las aplicaciones realizadas actualmente en el derecho civil.

 

El futuro del Legal Tech en el Derecho Canónico.

 

La fusión del Legal Tech con la ciencia jurídica es una realidad que afectará a todos los ámbitos del Derecho, incluido el Derecho Canónico. El uso de la tecnología jurídica permite ofrecer servicios legales más eficientes, accesibles y personalizados a los fieles y a las instituciones eclesiásticas. Sin embargo, también planteará desafíos y oportunidades para el Derecho Canónico, que deberá adaptarse a las nuevas demandas y necesidades de la sociedad y de la Iglesia. Por ello, será necesario un diálogo constante entre el Derecho Canónico y la nueva tendencia jurídica, que favorezca la innovación y la colaboración, sin perder de vista los principios y valores que inspiran el ordenamiento canónico. Corresponderá a la superioridad de la Iglesia Católica impulsar los mecanismos internos para promoverla y su vez desmarcarse de los tradicionalismo y las reticencias a los recursos tecnológicos que impedirían utilizar los avances de las grandes sorpresas que traerá la Inteligencia Artificial.

 

 

 



[1]  *Articulo realizado bajo la cura personal del Pbro. Paolo Rossano Aponte. Lcdo. en Derecho Canónico. (Pontificia Universidad de la Santa Cruz en Roma). Master en Derecho Matrimonial Canónico (Universidad Internacional de la Rioja-España) y Doctorando en Derecho Canónico en el Instituto Católico de Toulouse en Francia.

 Hartung, M.- Micha, M.- Halbleib, G., Tecnología Jurídica, Munich 2017. p. 1

[2] De las Asturias, N. A., «Derecho canónico y codificación: alcance y límites de la asunción de una técnica» en Ius Canonicum 51 (2011) pp. 105-136.

 

 

[3] Molano, E., «Juan Pablo II y el Código de Derecho Canónico» en Scripta Theologica 36 (2004) pp. 203-211.

[4] Barrio, A. M., «Legal Tech hacia la transformación digital de las profesiones jurídicas» en Diario la Ley 9476 (2019) p. 2.

[5] El actual desarrollo de la Inteligencia Artificial es tan amplio e inimaginable que ya la catalogan de la Cuarta Revolución industrial, con consecuencias para la humanidad más impactantes que las que produjo en su momento la aparición de la imprenta realizada por Gutenberg en el año 1440.

[6] Martínez, R., «Inteligencia Artificial, Derecho y Derechos Fundamentales» en Sociedad Digital y Derecho 97 (2018) pp. 259-268.

[7] Existen otros proyectos similares que consisten en ofrecer información inmediata tales como: lexicón-canonicum.org, (parece que se encuentra suspendido por el momento), Acta Apostolicae Sedis: https://lc.cx/qhSTR8, en este sumario digital ofrecido por el Vaticano se puede encontrar todos los documentos oficiales magisteriales necesarios para la investigación, distintas actividades y alocuciones del Santo Padre como también los nombramientos pontificios. Un proyecto interesante es el denominado Catholic-Hierarchy.org es el encargado de llevar registros de toda la jerarquía de la Iglesia Católica junto con la tradición apostólica de cada obispo católico del mundo.

[8] Macías Cedeño, M. M.- Chávez Vera, M. D., «La tecnología en la disyuntiva familiar en tiempos de pandemia por COVID-19, 2020», en Socialium 2 (2021) pp. 55-75.

[9] Solo en España varias universidades entre públicas, privadas y hasta pontificias, ofrecen actualmente estudios superiores en derecho canónico modalidad online entre ellas están: Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad de Navarra, la Pontificia Universidad de Comillas y la Universidad Internacional de la Rioja. En América del Sur: la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá, la Universidad online Euroinnova Internacional. Etc.

[10] Play Store. «Derecho Canónico», en https://lc.cx/pMnbOa (Última vista 30.05.2023).

 

[11] Chatbot es un asistente virtual cuya función principal es brindar respuestas automáticas a un usuario a través de un canal específico. Los Chatbots funcionan a partir de inteligencia artificial y son una solución preferida para aquellas empresas (en este caso las Diócesis) que tienen atención por canales digitales y su alto flujo de chats empieza a producir demoras en las respuestas a sus clientes. Esta herramienta la podemos encontrar hoy en día en las páginas web de los bancos, también son muy utilizados los Chatbots de WhatsApp (con frecuencia los utilizan las aerolíneas). La página web de las Diócesis les permitirá agendar citas con mayor facilidad para cualquiera de las dependencias administrativas, así como para el tribunal eclesiásticos, incluso con una buena programación del Asistente virtual podría adelantar hasta el cuestionario de preguntas. Antes de una cita presencial.

[12]Hoy en día, aunque el uso del internet ha permitido agilizar en cierto modo la recolección de datos entre las Diócesis y los Dicasterios de la Curia Romana, se podrá mejorar aún más. Por ejemplo, el Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica ha permito enviar las encuestas a los distintos Tribunales del mundo a través de un correo electrónico, pero previamente deben elaborarse el informe con el formato hecho para el caso, bien se pudiera hacer en línea directamente desde la plataforma, ahorrarse aun mayor tiempo; como si lo están haciendo de esta manera desde el año 2020 las Diócesis con las estadísticas anuales que se envían a la Santa Sede.

[13] En la página web oficial de Vaticano https://lc.cx/LLkkQC se encuentra el apartado perteneciente al Dicasterio de la Doctrina de la fe, allí se aprecia un enlace que conduce a una página web que no funciona, es posible solamente visualizar su estructura y algunos documentos de interés. De hecho, si es posible con mayor facilidad solicitar autorización para investigar en los archivos. Ahora en cuanto a que se pudiera agilizar parte de los procesos administrativos entre las diócesis y el Dicasterio a causa de los casos denominados delitos más graves, dado que es una información confidencial y por la protección de los datos personales si deberá hacerse por los canales regulares para el envió del dossier, ya que hacerlo de manera electrónica podría permitir vulnerabilidades y ataques cibernéticos para robar información que de por sí es delicada y confidencial.

[14] Cfr. Can. 1752.

[15] En la página web oficial de la Rota Romana https://lc.cx/KmDhyZ puedes tener acceso además de la información institucional a los discursos de los Sumos Pontífices que realiza anualmente a los miembros del Tribunal, para los canonistas reviste importancia tener acceso a ellos, dado que son fuente importante de actualización canónica en materia matrimonial como de hacer seguimiento a las orientaciones pertinentes que realiza el Santo Padre en base a su reflexiones y hacia donde quiere sea conducida las labores Rotales. Cabe destacar, que los mensajes del Papa Francisco están disponibles solo hasta el 2017 requieren actualización de los últimos años. Lamentablemente la jurisprudencia Rotal no está disponible y en este caso debiera estarlo, se puede tener acceso a la jurisprudencia que el Decano permite que sea publicada y esta se encuentra impresa y es vendida. Pero de igual manera se pudiera orientar su acceso y venta a través de la página web.

[16] En Europa muchos tribunales Diocesanos trabajan con software que gestionan los causas matrimoniales incluso permite archivarse digitalmente y acceder a todo el iter procesal. Los software incluso permiten que al momento de interrogar los testigos en simultaneo lo que va redactando el notario inmediatamente viene reflejado en la pantalla que tiene el juez en su estrado. En cambio, en América Latino miramos la utilización de estos recursos como algo por ahora imposible.

[17] Mora Aristega, M. A.- Mora Aristega, J. E., «Enseñar y aprender en tiempos de COVID-19», en Pro Sciences: Revista de Producción, Ciencias e Investigación 34 (2020) pp. 79-86.

[18] Yoza, Parrales, B., Implementación de una plataforma informática para la gestión documentalde trámites eclesiásticos en la parroquia Sta. María Madre del Cantón Jipijapa, Ecuador (Tesis de grado) 2022. pp. 1-130.

[19] Díaz, B. M., «La digitalización de los archivos parroquiales de Trujillo: proyecto e índices», en XXXIX coloquios históricos de Extremadura: dedicados al arte románico de Extremadura: Trujillo del 20 al 26 de septiembre de 2010 1 (2011) pp. 489-523.

[20] De Miguel, B.- Pérez Estrada, M., «La Inteligencia Artificial en el Proceso penal Español: un análisis de su admisibilidad sobre la base de los derecho fundamentales aplicados», en Revista de Derecho UNED 25 (2019) pp. 531-561.

viernes, 23 de octubre de 2020

 


La importancia de la pericia psiquiátrica en la nulidad matrimonial

                                 Pbro. Paolo Rossano Aponte Chacón


Enjuiciar la conducta humana desde la legalidad más formal o desde la verdad material, tiene su aliada natural en la psicología. La pericia psicología debe informar con imparcialidad, precisión y total claridad sobre la conducta humana. Determinar si tiene capacidad de entender (conocer) y capacidad para actuar por libre voluntad: Es decir, que el sujeto es Responsable de sus actos y, por ende, le es Imputable las  consecuencias  que de sus acciones se deriven.

No caben imprecisiones en cuanto a determinar si el sujeto se encuentra bajo causas que eximan, agraven o atenúen dicha responsabilidad. Apuntar otra gran tarea de la psicología en conexión directa con el campo jurídico, la importancia del proceso terapéutico.

¿QUE ES UN PERITO?

            Aquella persona que posee unos conocimientos especiales, científicos, técnicos o artísticos por los cuales está llamado a informar y asesorar a los jueces y tribunales. Y forense; Experto en determinada materia o parcela que realiza su actividad ante los tribunales de justicia, asesorando a éstos en aquellos aspectos en los que es experto.

¿CUALES SON LAS CARACTERISTICAS DE LA PERICIA PSIQUIATRICA?

            No es vinculante pero si es influyente - deberá dar respuestas a las preguntas planteadas -Deberá ser lo más científico y riguroso posible -Huir de interpretaciones u opiniones personales -Comprensibilidad del informe – y con una interpretación cristiana.

PARA AFRONTAR LA PRUEBA DE PERICIA PSIQUIATRICA SE RECOMIENDA:

1.       Objetividad: Norma fundamental para la interpretación de las pruebas y resultados obtenidos sin atender a posibles prejuicios o condicionantes, que pueden derivar de los propios hechos o de las circunstancias particulares de la persona a explorar.

2. Prudencia en la elaboración de dictámenes, con capacidad para no asumir verdades absolutas a través del conocimiento de las propias limitaciones.

3. Reflexión y juicio: al objeto de racionalizar los hallazgos razonando de manera lógica sobre ellos, simplificando los problemas que pueden plantearse y jerarquizando lo principal sobre lo accesorio, hasta alcanzar las conclusiones válidas.

4. Imparcialidad: el psiquiatra perito debe expresar sus opiniones científicas prescindiendo de cualquier implicación afectiva sobre los hechos valorados, o sobre cualquiera de las partes contrapuestas en el procedimiento, realizando su valoración con independencia de las consecuencias jurídicas y sociales que puedan derivar de ella. Este principio de imparcialidad se resume en que el psiquiatra forense debe ser siempre y únicamente perito de la verdad.

5. Veracidad: El perito debe emplear un método que permita contrastar las conclusiones científicamente obtenidas, debiendo constituirse este principio de veracidad como uno de los soportes primordiales que guíe la prueba pericial forense.

6. Honestidad: Por la cual el perito permanecerá ajeno a cualquier interés espurio en las evaluaciones que se le encomienden. Además de lo anterior, el psiquiatra forense, de manera evidente, deberá procurarse una correcta formación en su rama del saber, a la que añadirá suficientes conocimientos jurídicos que le permitan transmitir de manera clara y comprensible sus conclusiones a los profesionales del derecho destinatarios.

            Un ejemplo de los tantos que existen en nuestro tribunal eclesiástico es el siguiente una Sra. Llamada Ángela presento una solicitud de nulidad matrimonial con la siguiente descripción de los hechos: Angela es casada desde hace 4 años sin hijos, fue al altar convencida de su matrimonio y con la ilusión que produce el mismo. Pero una vez comenzada su vida conyugal le vino a la mente un especial recuerdo que todavía martilla su conciencia, una experiencia que vivió en su adolescencia que fue la siguiente: antes de comenzar una partida de volleyball, su entrenador mayor que ella, por ende adulto, le pidió buscar los implementos deportivos en un deposito y aprovechando la soledad del mismo, y sin preámbulo alguno comenzó a tocarla y la hizo acostarse sobre una especie de colchonetas y abusó de ella. Tales recuerdos comenzaron a despertarse en ella a través de una situación de conflicto en el hogar con su ahora esposo en un intento de flirteo que el señor tuvo que Ángela descubrió recientemente en su trabajo. Prosigue la señora diciendo que comenzó a ver su vida en retrospectiva de tal modo como si estuviera desconectada de ella, como quien ve “una maqueta desde lo alto” desde ese momento en adelante (haciendo referencia cuando comienza a ver a su marido distinto después que este intenta tener un affair en su trabajo) se da cuenta de tener a su lado a “un niño” pues había querido en su vida a un “hombre” y resulta que su marido esta lejos de serlo; pues se le habían abierto los ojos y comenzó entrar en razón y a fijarse en los detalles de su vida de pareja como por ejemplo, que en la relación siempre habían tenido poca intimidad sexual. Además señaló que tiene un rechazo de tener relaciones sexuales con su marido, pues porque dentro de si siente no abrirse con confianza a unas relaciones sexuales satisfactorias.

En el resultado de la pericia se pudo destacar lo siguientes puntos:

·       La presencia de un evento ocurrido en la adolescencia que hace que la produce en la parte actora un rechazo a unas relaciones sexuales satisfactorias.

·       La amnesia o la remoción de de su mala experiencia.

·       La ausencia de síntomas evidentes mas bien la presencia de un buena apariencia de estado de animo y voluntas matrimoniale con el motivo de no dar apariencia de un comportamiento extraño a su opción matrimonial.

·       La situación de intento de infidelidad por parte de su marido que genero el apres-coup de Angela lo cual ocasionó traer a la memoria los acontecimientos traumáticos del pasado.

La pericia es una herramienta muy importante, la cual ilumino junto con las pruebas la certeza absoluta del juez para dictar una sentencia ajustada a derecho y hacer justicia en la Iglesia ya como sabemos nuestro fin es la salvación de las almas.

 

sábado, 29 de abril de 2017

III Congreso Internacional de Derecho Canónico: Derecho Matrimonial Arquidiócesis de Coro, 04 al 06 de Septiembre de 2017

                                    

              
                       


   












PROGRAMA DE FORMACIÓN PERMANENTE
PARA MIEMBROS DE TRIBUNALES ECLESIÁSTICOS,
 ESPECIALISTAS EN DERECHO CANÓNICO, SACERDOTES EN FORMACIÓN,
LAICOS INTERESADOS

III Congreso Internacional de Derecho Canónico: Derecho Matrimonial
Arquidiócesis de Coro, 04 al 06 de Septiembre de 2017

La Asociación Venezolana de Canonistas (ASOVENCA) asumiendo sus metas y objetivos, consciente de la necesidad de formación y capacitación en materia de Derecho Matrimonial Canónico y el procedimiento en vigencia Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, que genera ciertas dudas en los tribunales eclesiásticos y los operadores que ellos laboran, en los miembros de la Pastoral Familiar, de igual forma en abogados interesados en la materia, en esta oportunidad ofrece el III Congreso Internacional de Derecho Canónico: Derecho Matrimonial en el que se busca presentar, discutir y actualizar a los Miembros de los Tribunales Eclesiásticos, de curia, sacerdotes, abogados interesados en el derecho canónico, estudiantes de derecho, seminaristas, sacerdotes y laicos en materia de Derecho Canónico Matrimonial.
LUNES 04
Mañana
8:00   Formalización Inscripción
9:30   Recibimiento
         Palabras de bienvenida e instalación a cargo de Monseñor Mariano Parra Sandoval. Anfitrión.
         Palabras  de la Dra. Valentina Gobbo Coin. Presidente de ASOVENCA
         Presentación del Podium.
         Presentación de la dinámica de trabajo
10:30 Lectio Inauguralis a cargo de S.E.R Mons. Mariano Parra Sandoval. Arzobispo de Coro.
12:00  Almuerzo
Tarde
2:00 Nulidad matrimonial hoy: mentalidad mundana, incapacidad, exclusión, error  (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)
3:00 Receso
3:15 El nuevo proceso matrimonial: principios inspiradores y desafíos de hoy. (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)
4:00 Discusión. Preguntas y respuestas
6:00 pm Santa Misa Inaugural a cargo de Monseñor Mariano Parra. Arzobispo de Coro en la Catedral de Coro
MARTES 05
8:00 Celebración Eucarística
9.00 15 La Orientación Pastoral matrimonial y familiar (Dra. Valentina Gobbo, Juez Tribunal Interdiocesano de Ciudad Bolívar con sede en Ciudad Guayana)
10:00 Receso
10:15 La nulidad matrimonial en el contexto de un servicio pastoral integral (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)
11:00  Preguntas y respuestas
12:00 Almuerzo
Tarde
2:00 Nuevas estructuras judiciales pastorales, y sus desafíos (entre otras, la gratuidad) (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)

3:00 Receso
3:15 Los procesos ordinario y documental, más simples y ágiles (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)
4:15 Discusión. Preguntas y respuestas


MIERCOLES 06
8:00 Celebración Eucarística
9.00 El proceso más breve ante el Obispo diocesano, ejemplos de aplicación (Monseñor Alejandro Bunge, Juez Auditor del Tribunal Apostólico de la Rota Romana)
10:00 Receso
10:15 El desafío pastoral del motu propio en Venezuela (Pbro. Dr. Alfidio Caldera, Vicario Judicial del Tribunal Eclesiástico de Coro)
11:15 Preguntas y respuestas
12:00 Almuerzo
Tarde
2:30 Asamblea ordinaria  Anual de miembros de ASOVENCA. Informe de Gestión 2016-2017
3:00 Cierre y despedida de parte de S.E.R Mons. Mariano Parra Arzobispo de Coro y entrega de certificados







III CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO CANONICO: Derecho Matrimonial
Arquidiócesis de Coro, 04 al 06 de Agosto 2017
La metodología de trabajo del congreso es teórica y se busca conjugar la parte científica de las ponencias a casos reales y concretos dentro de lo establecido en el Derecho Canónico, que a menudo se presentan. La idea es a través de las ponencias actualizarnos y luego en las sesiones de discusión y preguntas aclarar las dudas que se presenten o que ya se traigan al congreso.
Las ponencias comenzarán desde el día lunes hasta el miércoles, mañana y tarde y al final de cada medio día de trabajo se dará una hora, aproximadamente, para las discusiones y las aclaratorias.
Las ponencias serán enviadas por correo días posteriores al congreso.
Las ponencias consisten en un conjunto de lecciones que teóricamente aportarán elementos para la solución de los casos prácticos. Lo que se busca con este Congreso es la actualización, el intercambio de experiencias y el apoyo mutuo entre los miembros de los tribunales Eclesiásticos, personas interesadas en el derecho canónico laicos y sacerdotes de Latinoamérica y demás países que nos visiten.

Comité Organizador

Por ASOVENCA
Pbro. Dr. Alfidio Caldera
Dra. Valentina Gobbo

Por la UCAB
Dr. Eligio Rodríguez